Legal

Términos y Condiciones

Última actualización: agosto 2026

Contrato de arrendamiento de vehículo de motor a corto plazo entre Rentauto Dominicana, S.A. (en adelante LA ARRENDADORA) y el arrendatario (en adelante EL ARRENDATARIO). Estas condiciones rigen toda renta realizada a través de Nelly Rent a Car.

1. Entrega del vehículo y condiciones de devolución

LA ARRENDADORA entrega en arrendamiento o alquiler a EL ARRENDATARIO, quien acepta, el vehículo descrito al dorso del presente Contrato, así como el precio y las condiciones establecidas en los numerales 2, 3, 4, 5, 7 y 8 del presente Contrato. Vehículo que EL ARRENDATARIO declara haber recibido en perfecto estado de funcionamiento con todos sus documentos (copia de matrícula del vehículo y marbete de seguro), neumáticos, herramientas, accesorios y equipos, comprometiéndose a devolverlo en las mismas condiciones, en el domicilio de LA ARRENDADORA, con la misma cantidad de gasolina con que lo recibió o deberá pagar el monto correspondiente a la reposición de la misma.

En caso de que EL ARRENDATARIO decida devolver el vehículo en una Estación de LA ARRENDADORA diferente a la que lo recibió, está obligado a pagarle los cargos por este servicio, o por cualquier otro gasto en que haya incurrido por el traslado del vehículo a la estación donde este lo recibió.

2. Conductores autorizados y uso permitido

El vehículo alquilado será conducido únicamente por EL ARRENDATARIO, y si durante la vigencia del alquiler el vehículo sufre cualquier daño, o pérdida total, mientras era conducido por una persona no autorizada por LA ARRENDADORA, EL ARRENDATARIO reconoce y acepta que deberá pagar por la totalidad de los daños que haya sufrido el vehículo, aún este haya adquirido todos los productos del programa de coberturas, ofrecidos por LA ARRENDADORA.

EL ARRENDATARIO podrá designar conductores adicionales, quienes deberán suministrar a LA ARRENDADORA sus documentos y licencias de conducir vigentes, y siempre y cuando EL ARRENDATARIO cubra los costos de este servicio, los cuales se indican en el dorso del presente contrato.

Adicionalmente, EL ARRENDATARIO reconoce que el vehículo no podrá ser utilizado para: a) si el vehículo objeto de este contrato está destinado al transporte de pasajeros no podrá ser utilizado para fines distintos, así mismo, si está designado al transporte de carga sólo podrá ser utilizado con este propósito; b) para empujar o remolcar otro vehículo; c) para pruebas deportivas, de velocidad o en carreras; d) bajo la influencia alcohólica o de narcóticos; e) para ser conducidos por personas menores de edad; f) cruzar la frontera con Haití, salvo autorización expresa de LA ARRENDADORA; g) para cruzar ríos.

3. Cargos del arrendamiento y obligaciones financieras

EL ARRENDATARIO se compromete expresamente a pagar a LA ARRENDADORA, al término del contrato: a) El precio del alquiler hasta la entrega del vehículo, más los impuestos establecidos por la legislación dominicana para este tipo de servicio y demás cargos que haya generado el alquiler del vehículo, tales como combustible pre pago, la entrega de la unidad en una estación diferente a la alquilada, coberturas adicionales, conductores adicionales, uso de horas y días extras, los cuales le serán informados previamente a LA ARRENDADORA; b) Por cualquier desperfecto o daño sufrido por el vehículo durante la vigencia del presente contrato.

Adicionalmente, si por causas de accidentes, robo, siniestros en general, el vehículo debe ser reparado, o si por violaciones de tránsito, o al régimen legal vigente, es detenido por las autoridades, EL ARRENDATARIO está obligado a pagar a LA ARRENDADORA, la tarifa diaria del alquiler convenida, durante el tiempo que dure la reparación, o los trámites legales necesarios para la recuperación del vehículo; este cargo equivaldría al lucro cesante.

En caso de que LA ARRENDADORA decida devolver el vehículo antes de la fecha pactada en la parte frontal de este contrato, le será aplicado, a modo de penalidad, el valor cotizado en la reservación por el tiempo de alquiler solicitado inicialmente.

Todas las multas, gastos judiciales y extrajudiciales, derivados de infracciones de tránsito o de cualquier otra clase que sean dirigidas contra el vehículo en los términos de este contrato, durante la duración del mismo.

4. Devolución tardía

En caso de que LA ARRENDADORA no lo devuelva dentro del término de setenta y dos (72) horas de terminación del plazo del arrendamiento, se considerará depositario infiel pudiendo ejercitarse la acción penal correspondiente.

5. Coberturas y responsabilidad financiera

LA ARRENDADORA ofrece a EL ARRENDATARIO, por un valor diario adicional, especificado en este contrato, una cobertura de responsabilidad financiera por daños y pérdidas del vehículo rentado, que aplicará siempre y cuando se haya cumplido con los términos del presente Contrato, y las disposiciones legales vigentes en el país.

EL ARRENDATARIO reconoce que podrá optar por la cobertura especificada en este artículo, salvo que presente una tarjeta de crédito internacional que NO haya sido emitida en el mismo país donde se esté realizando la renta, en cuyo caso la cobertura de los daños causados será reclamada a través del seguro de la tarjeta de crédito internacional.

EL ARRENDATARIO reconoce que de declinar esta protección, asume de forma completa, la responsabilidad financiera por el valor del vehículo rentado y cualquier otro que deviniera del suceso que ocasionó el daño o pérdida del vehículo.

Adicionalmente, LAS PARTES reconocen que si durante el alquiler le ocurrieran daños físicos, ocasionados con objetos movibles o con cosas inanimadas, producto de una colisión, siempre y cuando estos daños no sean ocasionados por negligencia, imprudencia, daños maliciosos, vandalismo, motín, actividades políticas, huelgas, manejo en terrenos rocosos o no asfaltados, deslizamientos, excesos de velocidad o no son violados los términos y condiciones que se establecen en este contrato, que en dado caso EL ARRENDATARIO, deberá cubrir la totalidad de los daños ocasionados tanto al vehículo como a terceros o propiedades.

6. En caso de accidente

En caso de Accidente, EL ARRENDATARIO se compromete a: a) Obtener un Acta Policial o de cualquier otro organismo competente, una vez ocurrido el accidente y entregarlo dentro de las setenta y dos (72) horas de ocurrido el hecho, a LA ARRENDADORA, condición sine qua non para que aplique la cobertura; b) obtener nombres y direcciones de las personas envueltas en el accidente, así como los datos que permitan identificar los demás vehículos implicados; c) no abandonar el vehículo sin tomar las medidas adecuadas para protegerlo y salvaguardarlo; d) completar y entregar un reporte de accidente, e informar detalladamente a LA ARRENDADORA lo sucedido.

Si al momento de la recepción del vehículo, LA ARRENDADORA determina que el vehículo fue reparado por cuenta propia de EL ARRENDATARIO, sin previa autorización de LA ARRENDADORA, esta podría aplicar el cobro de los cargos a incurrir por la reparación del vehículo acorde a los estándares exigidos por el fabricante del vehículo alquilado.

7. Seguimiento de cobro

EL ARRENDATARIO autoriza a la ARRENDADORA el uso de PURCO Fleet Services como herramienta de seguimiento de cobro en los casos que asi lo ameriten.

8. Objetos personales

LA ARRENDADORA no es responsable por los objetos personales de EL ARRENDATARIO olvidados dentro del vehículo o en sus oficinas, ni tampoco del daño o deterioro que pudieren sufrir los mismos.

9. Desperfectos mecánicos o eléctricos

De ocurrir algún desperfecto mecánico o eléctrico al vehículo, EL ARRENDATARIO deberá comunicarse con LA ARRENDADORA, en un plazo de veinticuatro (24) horas contadas a partir del conocimiento del desperfecto, para recibir instrucciones de su parte, ya sea para reponerle el vehículo en el lugar del desperfecto (ya sea por vía telefónica a la estación donde realizó el alquiler del vehículo), o enviarle un técnico, o autorizar llevar el vehículo a algún taller.

Si EL ARRENDATARIO no realizara tal comunicación de inmediato o no cumpliera las instrucciones recibidas, LA ARRENDADORA no estará obligada a reembolsar el gasto incurrido por el desperfecto y tendrá derecho de exigirlo a EL ARRENDATARIO en caso de que lo pagara directamente.

10. Depósito en garantía

EL ARRENDATARIO deposita como anticipo en garantía, en manos de LA ARRENDADORA, la suma indicada en el dorso de este contrato, para el cumplimiento de las obligaciones que se contraen en el mismo, sin considerar las violaciones que se cometan a las cláusulas del contrato. EL ARRENDATARIO faculta a LA ARRENDADORA para que pueda disponer total o parcialmente del depósito, como lo estime conveniente, a fin de cubrir cualquiera de los servicios estipulados en los numerales 2, 3, 4, 5, 7 y 8 del presente Contrato, previa notificación a EL ARRENDATARIO mediante correo electrónico.

11. Ley aplicable y jurisdicción

Cualquier controversia relacionada con la suscripción, ejecución o terminación del presente contrato, será de la competencia de los Tribunales de la República Dominicana. Asimismo, LAS PARTES declaran que el derecho común regirá a título supletorio sus relaciones para todo aquello que no haya sido previsto en este contrato.

12. Contacto

Nelly Rent a Car — operado por Rentauto Dominicana, S.A., RNC 1-30-42413-6. Av. Independencia #654, Zona Universitaria, Santo Domingo, D.N. Teléfono 809-687-7997. Correo reservas@nellyrac.com.